Decía la semana pasada el profesor de la Universidad de La Laguna José Antonio Ramos Arteaga, en el marco de las jornadas “Canarias y la mirada decolonial” que ofrecía la Fundación Canaria Tamaimos en la Universidad de Verano de Maspalomas, en relación a los incentivos fiscales para la filmación de producciones cinematográficas españolas y extranjeras en Canarias, que Hollywood, que el “centro del imperio”, sí tenía clara la colonialidad de estas ínsulas del Atlántico, en tanto que lo que venían a filmar eran historias, paisajes, situaciones de recónditos lugares donde lo colonial gozaba de la centralidad de la obra. Desde localizaciones del Marruecos francés hasta Grecia moderna, colonizada por Europa y por Berlín.
A esta magnífica apreciación de cómo el centro viste a Canarias como plató de cine colonial, me gustaría apostillar lo siguiente; los incentivos fiscales en cuestión solo son posibles desde la colonialidad de las islas. Aunque en lugar de la Grecia colonizada por Bruselas se disfrazara a Santa Cruz de Tenerife de la Franfurkt del euro, los incentivos fiscales para la producción cinematográfica en Canarias seguirían siendo un síntoma de colonialidad, porque solo y exclusivamente en una colonia, un país desarrollado y moderno, podría aplicarlos. Estos incentivos fiscales, desde la lógica del Derecho Fiscal y Tributario, no podrían ser aplicables en Madrid, en Cannes o en Düsseldorf.
Si existe una característica intrínseca a toda colonia, a toda situación de colonialidad, es la de su fiscalidad claramente diferenciada y en cierta medida ventajosa respecto a la metrópoli. Desde las exenciones tributarias que otorgaran los Reyes Católicos a estas islas, pasando por los incentivos fiscales que dispensa el Reino de Marruecos a sus colonos en el Sáhara Occidental, hasta nuestro actual REF, todo ello sin nombrar las islas fiscales de la corona Británica –Caimán, Bahamas, Mann, o nuestra conocida Jersey, entre otras-.
Así, y viniéndonos a Canarias, vemos como el modelo fiscal pactado con la metrópoli tiene una dimensión mixta. Por un lado, lo paradisiaco, la RIC o la ZEC, diseñada por y para las oligarquías locales, en donde bien se le da a los empresarios locales los mecanismos para retraer impuestos a las arcas públicas, bien se le ofrece incentivos fiscales para su localización en las islas. Por otro lado, en lo integrativo, el IRPF o las cotizaciones a la seguridad social, en donde las rentas de las personas físicas –que son fundamentalmente rentas del trabajo- o los salarios devengados en Canarias no gozan de diferenciación alguna respecto a las rentas o los salarios obtenidas en Plasencia, provincia de Cáceres. Es decir, España y nuestras oligarquías aplican aquí aquello de la ley del fonil, “lo gordo pá mí, lo chico pá ti”.