Para entender el caso que les voy a relatar, les tengo que poner en situación. Estamos en 1958, en el municipio tinerfeño de Güímar. En esos años la carta fundamental de derechos era el Fuero de los Españoles. El artículo 12 de esta supuesta carta de derechos, dice:
Artículo 12.- Todo español podrá expresar libremente sus ideas mientras no atenten a los principios fundamentales del Estado.
Repitan varias veces la última parte, «mientras no atenten a los principios fundamentales del Estado». Eduardo Díaz Coello, un joven de Güímar, pensó que vivía en libertad quizá porque no leyó esa coletilla que sirve como cajón de sastre. Dijo que los policías eran una «casta de escaqueados» delante de la alcaldesa, a la vez que se quejaba de que relegaran a los Servicios Sociales a un «cuchitril», mientras a la Policía le daban un buen edificio, el que ocupaba Servicios Sociales. Las autoridades del Estado y la Policía procedieron a sancionar al varón de 27 años. Seis horas después los agentes se personaron con la multa correspondiente en el domicilio del joven. Díaz Coello cometió una temeridad al hacer esas declaraciones. Los hechos ocurrieron el 22 de julio de 1958.
En la sanción se imputa un delito de faltas de respeto a un agente de la Policía. El texto de la multa señala que se le aplica la Ley 4/2015 titulada «Ley Orgánica de Protección Ciudadana». Vale, me cogieron. No es 1958, es 2015. La imputación de Eduardo Díaz Coello fue motivada por un comentario en la red social Facebook. Se le aplica el artículo 37.4 de la conocida como Ley Mordaza:
4. Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal.
Una semana de difusión del caso en los medios de comunicación y el temor al escándalo, posibilitaron el sobreseimiento por parte de la Delegación del Gobierno. El joven güimarero escribe en la página satírica «La Franja de Guaza» y asegura que se trataba de una simple crítica política. La sanción dispuesta, y que al final no se hizo efectiva, oscilaba entre los 100 y los 600 euros de multa, ya que está tipificada como sanción leve.
Los peligros de la Ley Mordaza
No es la primera vez que hablamos en Tamaimos de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza. Hablamos de una ley represora, que nos coloca en una máquina del tiempo y nos lleva a épocas de miedos y silencios, de cunetas y pozos. Un tiempo que ya se presumía no volvería, pero que el Partido Popular ha querido recuperar. Hablamos de un texto aprobado con el único apoyo del Partido Popular en el Congreso de los Diputados gracias a su mayoría absoluta. El mismo partido, valga la aclaración como dato, de Carmen Luisa Castro, alcaldesa de Güímar.
La alcaldesa Carmen Luisa Castro defendió la sanción al joven de 27 años. Según Castro «los policías se sintieron ofendidos y tienen derecho a defenderse». Como en la aprobación de la Ley Mordaza en el Congreso, el PP de Güímar se quedó prácticamente solo en la defensa de este hecho, a excepción del silencio cómplice de Javier Mederos de Coalición Canaria, su socio de gobierno. Los grupos municipales de PSOE, IU y Sí Se Puede criticaron la medida con dureza. Aunque finalmente quedó en nada, la denuncia sirvió como medio para volver a dar un recado a la crítica social. Esta misma semana, Juan Fernando López Aguilar ofreció en el municipio una conferencia explicando esta Ley 4/2015.
El texto de la Ley de Seguridad Ciudadana está desfasado, criminaliza la movilización social, pretende reducir las protestas y sirve como medio para controlar la información, a través de sanciones dispuestas por la grabación de agentes de la Policía. Tolerar esta ley es renunciar a la libertad de expresión. El destino quiso que la primera sanción de la Ley de Seguridad Ciudadana se redactara en Canarias, por la Policía Local de Güímar. Eduardo Díaz Coello solo dio una opinión. No se enteró que el PP quiere retrotraernos a 1958…