En el Reglamento de Lucha Canaria a partir del 2011 aparecen dos palabras sin definición en el mismo: filial o dependiente.
6.2.5 Composición de los Equipos de los Clubs.- Un club puede estar integrado por varios equipos para competir cada uno de ellos en diferentes categorías, salvo en las categorías juveniles e inferiores que podrá contar con más de un equipo en la misma competición. Todo club de Lucha Canaria contará obligatoriamente con un equipo juvenil y con un equipo cadete, participando en competición, siendo la Federación Insular correspondiente quien determine las competiciones en que queden encuadrados. Los Clubes pueden tenerife (sic) filiales o equipos dependientes, siempre que pertenezcan a la misma Federación Insular y debiendo formalizarse por escrito.
(Texto copiado del original, donde dice «tenerife» debería decir «tener», errata que no han sido capaz de corregir desde el 2011)
Se supone que en alguna asamblea se aprobarían dichas figuras, pero se olvidaron de hacer las reglas por las que se deben regir, y si no existe tales reglas legalmente no se pueden aplicar.
Al no haber reglas que especifiquen qué es ser «filial o dependiente», qué obligaciones y deberes tienen, etcétera, dichos términos están vacíos de contenido; e incluso tendría que haber un artículo en el reglamento disciplinario que sancionara los incumplimientos entre los club firmantes del convenio de afiliación o dependencia. Aquí se están aplicando (antirreglamentariamente) dichos términos como si fuese un club con dos o más equipos. De acuerdo con el artículo 6.2.5 un club puede estar integrado por varios equipos para competir cada uno de ellos en diferentes categorías, salvo en las categorías juveniles e inferiores, en donde podrá contar con más de un equipo en la misma competición, no teniendo esto nada que ver nada que ver con los términos «filial o dependiente».
Partiendo de la base de que son dos clubes legalmente constituídos, con su capacidades jurídicas propias, tienen la obligación que estipula el artículo 6.2.5: «Todo club de lucha canaria contará obligatoriamente con un equipo juvenil y con un equipo cadete, participando en competición» Por lo tanto, aquí no hay otra: al no recogerse nada en los reglamentos sobre la figura de filiales o dependientes, hay que cumplir lo que está escrito en los mismos; lo demás son pamplinas, parcheo, y manipuleos. Es más, haciendo las cosas así, la federación que lo permita está incumpliendo el Reglamento, siendo la misma partícipe de una ilegalidad.
Además, con esta ilegalidad se está permitiendo a los clubes que tienen que participar obligatoriamente con cadetes y juveniles que lo hagan sin ellos. Pregunto: ¿Qué pasaría si todos los clubes de tercera quisieran afiliarse a los de primera? Se puede pensar en el futuro de la lucha, al despreocuparse estos de tener cadetes o juveniles.
Desde los años 1984 ó 1985 y en adelante se ha intentado meter en la lucha dichas figuras, siendo siempre desestimado en las asambleas donde han sido promovidas, porque siempre se ha pensado que a la lucha le podía hacer más mal que bien. Pero en el 2011, con lo de la unificación de los reglamentos, hubo algún iluminado que lo metió, espero que democráticamente (he hablado con asambleístas y ninguno recuerda que se tratara este tema).
Pero dando por sentado que estas dos palabras figuran en el Reglamento de la Lucha Canaria, pero que carecen de regla alguna, nos podríamos retrotraer al rango superior -en este caso la Ley Canaria del Deporte- para su aplicación. Pero hete aquí la cuestión: en dicha Ley no hay nada sobre el tema.
Dicho queda: lo que no está reglamentado no se puede aplicar. Y si las federaciones lo permiten están cometiendo una ilegalidad, siendo sus presidentes los culpables del desaguisado de permitir a clubes cometer la misma, al permitirles pasearse por los terreros sin cadetes y juveniles, mientras otros cumplen con lo que está establecido.